JOSE VENTURA
De la Mano con la LEIV – Artículo 54
Quien sustrajere las ganancias o ingresos derivados de una actividad económica familiar, o
dispusiere de ellas para su beneficio personal y en perjuicio de los derechos de una mujer con quien
se mantenga una relación de parentesco, matrimonio o convivencia declarada o no, será
sancionado con prisión de tres a seis años.