SDIG

Decreto No. 574 – 2016

Que mediante Decreto Legislativo no. 172, de fecha doce de noviembre de dos mil quince. publicado en el Diario Oficial No. 217. Tomo No. 409, de fecha veinticinco de ese mismo mes y año. se emitieron disposiciones para la creación de la Cámara Ambiental de Segunda Instancia con sede en San Salvador y el Juzgado Ambiental con sede en Santa Ana. así como la entrada en funcionamiento del Juzgado Ambiental con sede en San Miguel.

Decreto No. 215 – 2015

Que mediante Decreto legislativo No. 172, de fecha doce de noviembre de dos mil quince, publicado en el Diario Oficial No.217, Tomo 409, de fecha veinticinco de ese mismo mes y año, se emitieron disposiciones para la creación y entrada en funcionamiento de la Cámara Ambiental de Segunda Instancia con sede en San Salvador y el juzgado Ambiental con sede en Santa Ana, habiéndose creado únicamente el juzgado Ambiental con sede en San Miguel.

Decreto No. 172 – 2015

Que la Constitución, en su artículo I 17, establece que: es deber del Estado proteger los recursos naturales y la diversidad e integridad del medio ambiente para garantizar el desarrollo sostenible.

Decreto No. 535 – 2016

Que mediante Decreto Legislativo No. 172, de fecha doce de noviembre de dos mil quince. publicado en el Diario Oficial No. 217, Tomo No. 409. de fecha veinticinco de ese mismo mes y año. se emitieron disposiciones para la creación de la Cámara Ambiental de Segunda Instancia con sede en San Salvador. y el Juzgado Ambiental con sede en Santa Ana. así como la entrada en funcionamiento del Juzgado Ambiental con sede en San Miguel.

Decreto No. 8 – 2015

Que la Constitución de la República, en su art. 174 inciso segundo, establece que la organización y funcionamiento del Órgano Judicial serán determinados por la ley.

Reglamento de la Ley de Medio Ambiente

Que por Decreto Legislativo No. 233, de fecha 2 de marzo de 1998, publicado
en el Diario Oficial No. 79, Tomo No. 339, del 4 de mayo del mismo año, se
emitió la Ley del Medio Ambiente;

Ley de Medio Ambiente

Que de conformidad con la Constitución de la República, la protección, conservación y mejoramiento de los recursos naturales y el medio deben ser objeto de legislación especial;