Género

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN INTEGRAL A LAS MUJERES Y ACCESO A LA JUSTICIA 
NOTICIAS

De la Mano con la LEIV – Artículo 54

Quien sustrajere las ganancias o ingresos derivados de una actividad económica familiar, o
dispusiere de ellas para su beneficio personal y en perjuicio de los derechos de una mujer con quien
se mantenga una relación de parentesco, matrimonio o convivencia declarada o no, será
sancionado con prisión de tres a seis años.

Corte Suprema de Justicia capacita a equipo de Trabajadores Sociales

El área de Trabajo Social del Departamento de Coordinación de Equipos Multidisciplinarios –DCEM- de la CSJ, con el apoyo de la Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz –ORMUSA- impartieron este día una capacitación sobre: Intervención de Trabajo Social desde el Derecho Antidiscriminatorio y la perspectiva diferencial por motivos de sexo

Boletín de Género – Violencia Feminicida

La Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres define en su Art. 9 b) Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que conllevan a la impunidad social o del Estado, pudiendo culminar en feminicidio y en otras formas de muerte violenta de mujeres.

Boletín de Género – Violencia Sexual

Cualquier tipo de violencia se fundamenta en una relación asimétrica de poder en la cual una persona trata de dominar a otra por la fuerza, contra su voluntad; trata de obligarla a que haga lo que no desea, a que reconozca su inferioridad y dependencia con respecto a quien ejerce la violencia.

De la mano con la LEIV – Artículo 47 – Delitos y Sanciones – Obstaculización al Acceso a la Justicia

Art. 47. Obstaculización al Acceso a la Justicia Quien en el ejercicio de una función pública propiciare, promoviere o ç tolerare, la impunidad u obstaculizare la investigación, persecución y sanción de los delitos establecidos en esta ley, será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación para la función pública que desempeña por el mismo plazo.