Género

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN INTEGRAL A LAS MUJERES Y ACCESO A LA JUSTICIA 
NOTICIAS

De la Mano con la LEIV – Artículo 09 2a parte – Tipos de violencia

Violencia Psicológica y Emocional: Es toda conducta directa o indirecta que ocasione daño emocional, disminuya el autoestima, perjudique o perturbe el sano desarrollo de la mujer; ya sea que esta conducta sea verbal o no verbal que produzca en la mujer desvalorización o sufrimiento, mediante amenazas, exigencia de obediencia o sumisión, coerción, culpabilización o limitaciones de su ámbito de libertad…

De la mano con la LEIV – Artículo 8 3a Parte Definiciones

J. Sexismo: Es toda discriminación que se fundamenta en la diferencia sexual que afecta toda relación entre seres humanos y abarca todas las dimensiones cotidianas de la vida privada o pública que define sentimientos, concepciones, actitudes y acciones.

CSJ finaliza jornada de capacitación sobre: “Delitos informáticos con enfoque de género”

En dos jornadas se desarrolló la capacitación organizada por la Unidad Técnica de Atención Integral a Víctimas y Género
UTAIVYG-, clausurando este día con las temáticas vinculadas a la violencia de género: Delitos Informáticos contra la Intimidad y las redes sociales impartida por la Msc. Ana Ingrid Roque; Ciberacoso a cargo de la Msc. Karla Escobar, especialistas en delitos informáticos.

Ley Especial Integralpara una Vida Libre de Violencia para las Mujeres

Prevención:Acciones para evitar que seagredaa alguien. Por ejemplo, informarsobre derechos o que recibiruna buena educación.Publicidad sexista:Aquella publicidad que fomenta la discriminación, la violencia, los estereotipos o el desprecio hacia la mujer.Reaprendizaje:Aprender sin prejuicios.Revictimizar:Acciones que causan aún más sufrimiento si se hasufrido hechos de violencia. Como por ejemplo, rechazo, que muestren indiferencia o nieguen lasituaciónde la víctima, descalificacióno hacerlasentir culpable, retardación de laayuda o negar la asistencia.

La Corte Suprema de Justicia imparte capacitación sobre «Delitos informáticos con enfoque de género»

La Unidad Técnica de Atención Integral a Víctimas y Género -UTAIVYG- con el objetivo de fortalecer conocimientos sobre la discusión y análisis de la relación que tiene el cibercrimen y los delitos informáticos con enfoque de género, capacitó este día a servidores y servidoras judiciales que conforman la UTAIVYG.

Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres

Atención integral: Son todas las acciones para detectar, atender, proteger y restablecer los derechos de las mujeres
que enfrentan cualquier tipo de violencia; para lo cual, el Estado deberá destinar los recursos humanos, logísticos y financieros necesarios y apropiados para instaurar los servicios, que garanticen la restitución de derechos y la anulación de riesgos o daños ulteriores.

Relaciones de poder o de confianza

Para la aplicación e interpretación de esta ley, se presume que los tipos y modalidades de violencia contemplados en la presente ley tienen como origen la relación desigual de poder o de confianza; en la cual la mujer se encuentra en posición de desventaja respecto de los hombres, consistiendo las mismas en:

Módulo de Inducción para el Equipo Multidisciplinario de los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres

De forma virtual se desarrolló la clausura del “Módulo de Inducción para el Equipo Multidisciplinario de los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres”, el cual iba dirigido a fortalecer las competencias a través del paquete de servicios esenciales para la atención de mujeres víctimas de violencia, enfocado a defender sus derechos humanos. 

Artículo 4.- Principios Rectores Parte 2

Intersectorialidad: Es el principio que fundamenta la articulación de programas, acciones y recursos de los
diferentes sectores y actores a nivel nacional y local, para la detección, prevención, atención, protección y
sanción, así como para la reparación del daño a las víctimas.

Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres

El derecho de las mujeres a una vida libre de violencia comprende, ser libres de todas formas de discriminación, ser valoradas y educadas libres de patrones estereotipados de comportamiento, prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.